El procedimiento de conseguir la residencia por los inversores extranjeros.
El procedimiento de conseguir la residencia por los inversores extranjeros de los países que no son miembros de la UE, se llama ” LA VISA DE ORO» y se recibe según la ley española 14/2013, que ha entrado en virtud.
Según las normas de esta ley hay unos variantes de las inversiones en España, que permiten conseguir la residencia:
a) las inversión en los inmuebles por la suma que supera 500 000 de euros. Este modo es más famoso. Esta suma puede ser usada para la compra de un objeto de inmuebles, así como para comprar algunos objetos. 500 000 de euros se registra en el contracto de la compra y venta, y en esta suma deben recargar los impuestos y recaudaciones. El comprador puede ser la persona física o jurídica. Se puede pedir el crédito hipotecario si la suma de la compra más que 500 000 de euro pero sin embargo 500 000 de euro deben ser aportados como el pago inicial a cuenta de la compra.
b) las inversiones en las acciones o en las partes de las compañías existentes españolas no menos que 1 mlllón de euro (es decir, por ejemplo, la compra de la compañía existente o la creación de una nueva persona jurídica español con el capital nominal no menos que 1 millón de euro. La actitud de la persona jurídica puede ser cualquiera).
c) abrir la cuenta de depósito en cualquier establecimiento financiero situado en el territorio de España a la suma mínima de 1 millón de euro.
d) imponer en las obligaciones estatales españoles más de 2 millones de euro.
e) organizar un proyecto de negocio social en España, que sea dirigido a apoyar de “los intereses mútuos” de los ciudadanos.
Las inversiones pueden realizarse a través de las compañías extranjeras (que no son registradas en la zona de offshore), a condición de que el inversor tiene la cartera de control.
Para recibir la « visa de oro» el inversor debe también corresponder a las exigencias siguientes:
1 No estar en España ilegalmente.
2 Ser mayor de edad.
3 Debe faltar la condena en España así como en los países en que el inversor vivía durante últimos 5 años antes de presentar la residencia.
4 Debe ser la confirmación (la copia del seguro) que le pueden prestar los servicios de la sanidad pública o privada.
5 Debe ser la confirmación sobre lo que hay los medios suficientes económicos del inversor y de sus familiares quienes quieren prolongar la residencia de estar en España en el tiempo próximo . Es decir la disposición (además de las inversiones) de los medios en la cuenta bancario en España para vivir en plazo de un año ( 26 400 euros anual por una persona.)
La declaración para recibir de la visa de oro puede ser realizada en el consulado español en su país o en España, como personalmente (estando en el territorio de España con la visa turística), y también por procura.
Queremos notar que en el consulado de España es posible formalizar sólo las visas de los inversores. Si confirme sus inversiones, le darán la visa por 1 año. Al recibir la visa del inversor, puede no formalizar la tarjeta del residente. Pero es mejor de dirigirse para recibir el permiso de residencia del inversor y formalizar la tarjeta de residente en la policía. Concede el derecho de formalizar el permiso de residencia y para los familiares del inversor. El primer permiso de residencia del inversor dan en plazo de 2 años, y prolongan en los 5 años. Después de 10 años del permiso de residencia puede presentar a la ciudadanía.
El inversor también puede escoger durante la recepción del permiso de residencia si habrá el
residente fiscal de España o se quedará como el residente fiscal de otro país.
Ud siempre puede recibir la información más detallada a nuestros especialistas.